Información general
Título formal
Selección de Personal funcionario interino
Código
1562
Organismo
Justicia, Administración Local y Función Pública
Destinatarios
Ciudadanía
Fecha de creación
Descripción
Descripción
Nombramiento del personal interino por razones de oportunidad o cuando la prestación del servicio sea de reconocida urgencia y no pueda ser desempañada por funcionarios, conforme a los procedimientos establecidos en la Ley 5/2023, de 7 de junio, de la Función Pública de Andalucía. Para más información acceder a la Web del Empleado Público:
Web del Empleado Público Andaluz (juntadeandalucia.es)
Para cualquier incidencia en cuanto a los integrantes en bolsa se deberá enviar un correo a incidencias.llamamientos.interinos.cjalfp@juntadeandalucia.es.
Deberá acceder dentro del apartado "Acceso a la fase", al enlace denominado "Enlace al inicio"
Cómo realizar el trámite
Relación con la Administración
Relación con la Administración
Exclusivo telemático
Información adicional
Órganos responsables
En la tramitación
D. G. de Recursos Humanos y Función Pública||No||
En la resolución
Órganos Administrativos||No||El nombramiento se realizará por el titular de la Consejería en cuyo Departamento se halle integrado el puesto
En la materia
D. G. de Recursos Humanos y Función Pública
Información sobre el tratamiento de datos personales
Tratamiento de datos personales
¿Cuáles son los derechos en materia de protección de datos personales y cómo ejercerlos? La persona interesada tiene el derecho de acceso a sus datos personales y a su rectificación, así como, en determinadas circunstancias, el de supresión, portabilidad, limitación, oposición y a no ser objeto de decisiones individuales automatizadas. Para saber más sobre estos derechos puede consultar en www.aepd.es/reglamento/derechos/
Puede ejercer estos derechos solicitándolo al órgano o entidad responsable del tratamiento preferentemente a través del formulario disponible en www.juntadeandalucia.es/protecciondedatos, donde lo podrá presentar electrónicamente, si dispone de certificado digital, o descargarlo para presentarlo presencialmente en cualquier registro administrativo o lugar de los indicados en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015.
Puede presentar también una reclamación ante el Consejo de Transparencia y Protección de Datos de Andalucía si considera que no ha obtenido satisfacción en el ejercicio de sus derechos.
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