¿Qué datos se va a poder actualizar en este proceso de actualización de la BUC?
Las personas actualmente integrantes de la Bolsa Única Común podrán actualizar:
- Turno por el que participan: general o de reserva a personas con discapacidad general, mental o
intelectual. - Tipos de oferta seleccionados: vacante, sustitución y programas específicos o necesidades
estacionales. - Provincia o provincias, o localidad o localidades en la que desean prestar sus servicios.
- La vinculación entre el ámbito territorial y los tipos de oferta.
¿Qué personas pueden participar?
Sólo podrán presentar solicitud de actualización de datos aquellas personas que actualmente integran la
Bolsa Única Común (BUC).
No podrán participar las personas que actualmente estén en la citada bolsa en estado ELIMINADO/EXCLUIDO DEFINITIVAMENTE.
¿Es obligatorio presentar solicitud?
No. La participación es voluntaria. Las personas que no participen en el proceso de actualización, conservarán, sin modificación alguna:
- Su turno de participación.
- Los tipos de oferta seleccionados inicialmente.
- Su ámbito territorial.
¿Cómo participo en este proceso de actualización de datos de la BUC?
La presentación de solicitudes es exclusivamente telemática.
No se admitirán solicitudes presentadas por otras vías que no sea la prevista para la actualización.
Para poder participar tiene que acceder al Portal del Empleo Público de la Junta de Andalucía (PEP)
(https://portalempleopublico.juntadeandalucia.es). En el citado Portal, en la opción de Bolsas de trabajo, accediendo a Bolsas de personal laboral, encontrará un apartado exclusivo de Actualización de Bolsa Única Común. En este apartado tiene un enlace directo a la presentación de la solicitud (Enlace a la presentación telemática de la solicitud) que se realizará en la Web de Emplead@, en el apartado “Tramitación Electrónica”, “Procesos Selectivos”, “Bolsa Única”, ”Solicitud de actualización”.
Para la presentación es aconsejable seguir las instrucciones descritas en el manual de presentación de la
solicitud que está disponible en el citado Portal.
¿Cuál es el plazo de presentación de solicitudes?
El plazo de presentación es de diez días hábiles, contados a partir del primer día hábil siguiente al de la
publicación de esta resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Dicho plazo será desde el día 13 al 24 de julio de 2026, ambos inclusive.
¿Qué requisitos técnicos se precisan para presentar la solicitud?
Para poder acceder al formulario de la solicitud, debe disponer de uno de estos medios:
- certificado electrónico vigente y reconocido que sea válido.
- usuario y clave web.
Para la presentación de la solicitud, debe disponer de un certificado electrónico vigente y reconocido que
sea válido.
Cuando se constituyó la BUC yo tenía NIE pero ahora ya dispongo de DNI, ¿Cómo puedo presentar mi solicitud?
Solo en estos casos, la forma de presentar la solicitud modificación será mediante presentación electrónica general (PEG) dirigida a la Dirección General de Recursos Humanos y Función Pública, actualmente en la Consejería de Justicia, Administración Local y Función Pública. Actualmente la Junta de Andalucía esta en un proceso de cambio con la nueva legislatura por lo que la Consejería de la que depende la Dirección General puede cambiar.
A esta solicitud (PEG) se debe adjuntar el formulario "ACTUALIZACIÓN DEL TURNO DE PARTICIPACIÓN, TIPO DE OFERTA, PROVINCIA O LOCALIDAD EN LA BOLSA ÚNICA COMÚN" rellenos y firmado digitalmente, que se puede obtener en la ficha del procedimiento. Además, se deberá adjuntar la documentación acreditativa del cambio:
- El certificado de concordancia expedido por la Policía Nacional.
- Copia del nuevo documento de identidad.
¿Debo presentar una sola solicitud para todas mis categorías?
No. Debe presentarse una solicitud por cada categoría profesional en la que la persona es actualmente
integrante de la bolsa.
¿Puedo modificar los datos expresados en el formulario de participación dentro del plazo de presentación de la solicitud de actualización?
No, una vez presentada la solicitud, ésta resulta vinculante; no obstante, sí podrá, dentro del plazo de
presentación de solicitudes, presentar una nueva, en cuyo caso la primera quedará sin efecto.
¿Se podrá hacer alguna modificación de los datos expresados en el formulario de participación, una vez finalizado el plazo de participación?
No se podrá efectuar modificación alguna de los datos expresados en el formulario de actualización una
vez finalizado el plazo de presentación de solicitudes.
A todos estos datos quedará vinculada la persona participante, por ello, se recomienda revisar la solicitud
de actualización antes de proceder a su firma.
Cualquier dato omitido o consignado erróneamente por la persona participante, no podrá ser invocado
por ésta a efectos de futuras reclamaciones, ni considerar, por tal motivo, lesionados sus intereses o
derechos. La solicitud tendrá la consideración de declaración responsable a los efectos previstos en el
artículo 69 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas.
Si deseo cambiar el turno de participación, ¿puedo hacerlo?, y ¿a cuántos turnos puedo optar?
Sí, puede cambiarse el turno de participación. Sólo podrá optarse a un turno por categoría, de no ser así:
- Si se consignase más de un turno, siendo uno de ellos el libre, se entenderá que se opta por éste.
- Si se consignan varios turnos de discapacidad se entenderá que opta por el turno de discapacidad
general.
Soy del turno de discapacidad general, mental o intelectual, ¿tengo que participar en este proceso de actualización si no datos que modificar?
Sí, todas las personas que actualmente integran la bolsa por el turno de discapacidad, deben participar en este proceso de actualización porque tienen que actualizar su situación de discapacidad.
Para tal acreditación deben actualizar presentando la solicitud de actualización donde tienen tres opciones:
- NO marcar el ME OPONGO, en cuyo caso no tienen que aportar ninguna documentación porque autorizan a la Administración a consultar los datos de discapacidad en poder de la Administración General de la Junta de Andalucía .
- O marcar ME OPONGO, en cuyo caso sí tendrán que aportar la documentación acreditativa de la discapacidad.
- Si la documentación acreditativa de la discapacidad fue expedida por algún otro organismo competente, será necesario aportar la documentación.
Si soy del turno de discapacidad general, mental o intelectual, o bien, siendo actualmente integrante de bolsa en el turno general pero en este proceso de actualización quiero comunicar el cambio de turno al de discapacidad general, mental o intelectual, ¿tengo que aportar alguna documentación?
Caben varias opciones:
- Si la documentación acreditativa ha sido expedida por la Consejería con competencias en materias
de personas con discapacidad y no se marca en el formulario la casilla de “ME OPONGO” a la
consulta de los datos de discapacidad, no será necesario aportar documentación alguna, ya que
al no marcar la casilla se autoriza la consulta sobre los datos de discapacidad. - Si la documentación acreditativa ha sido expedida por la Consejería con competencias en materias
de personas con discapacidad pero se marca en el formulario la casilla de “ME OPONGO” a la
consulta de los datos de discapacidad, sí será necesario aportar documentación. - Si la documentación es expedida por algún otro organismo competente, será necesario aportar la
documentación.
Tengo resolución del Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) por la que se me declara una incapacidad permanente total para el ejercicio de una de las categorías profesionales en las que actualmente integro la BUC, ¿puedo acreditar esta resolución para pasar al turno de discapacidad general?
No. A la vista de la regulación vigente, la doctrina jurisprudencial y la interpretación efectuada por los
órganos de la Administración General de Estado de la regulación contenida en los artículos 4, 37 y 42 del
texto refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social, la
Instrucción 3/2026, de la Secretaría General para la Administración Pública, por la que se deja sin efecto la
Instrucción 5/2025, sobre la aplicación de criterios relativos al acceso por el turno de discapacidad
derivado de incapacidad permanente total, el reconocimiento de una situación de incapacidad
permanente no determina, por sí sola, el cumplimiento de dichos requisitos para participar por el
turno de discapacidad.
¿Quién puede solicitar el turno reservado para personas con discapacidad?
Las personas que tengan reconocida oficialmente una discapacidad igual o superior al 33% antes de la
finalización del plazo de actualización.
La discapacidad debe acreditarse:
- Certificado actualizado acreditativo del grado de discapacidad.
- En caso de discapacidad mental o intelectual, dictamen técnico facultativo expedido por el
órgano competente.
¿Qué tipos de oferta puedo seleccionar?
Se podrán seleccionar las siguientes modalidades:
- Vacantes.
- Sustituciones.
- Programas específicos o necesidades estacionales. En esta opción se incluye las ofertas para la
cobertura de los periodos de vacaciones.
De acuerdo con el nuevo Reglamento de funcionamiento de la bolsa, entre los tipos de oferta ya no está el CONTRATO DE RELEVO, ¿Qué hago si seleccioné este tipo de oferta en el momento de constitución de la bolsa?
No tiene que hacer nada, seguirá integrando la bolsa para este tipo de oferta pero con los datos
consignados en el momento de constitución de la bolsa.
¿Cómo sabré si mi solicitud ha sido admitida?
Tras revisar las solicitudes, se publicará en el Portal del Empleo Público una lista provisional de solicitudes
admitidas y no admitidas.
¿Qué información aparecerá en la lista provisional?
En las solicitudes admitidas se indicará:
- El turno de participación.
- Los tipos de oferta seleccionados.
- Las provincias y municipios elegidos.
En las solicitudes no admitidas se indicará las causas de inadmisión.
¿Puedo presentar alegaciones?
Sí. Las personas interesadas dispondrán de 5 días hábiles desde el día siguiente a la publicación de la lista
provisional para presentar alegaciones. La presentación de alegaciones será exclusivamente telemática.
¿Dónde se presentan las alegaciones?
A través del Portal del Empleo Público de la Junta de Andalucía. No se admitirán alegaciones presentadas
por otras vías.
¿Se publicará una lista definitiva?
Sí. Finalizado el plazo de alegaciones, se publicará una resolución con las listas definitivas de solicitudes
admitidas y no admitidas.
¿Qué ocurre con las alegaciones presentadas?
Se entenderán resueltas con la publicación de las listas definitivas, que servirán como notificación a las
personas interesadas.
¿Dónde podré consultar el resultado final de este proceso de actualización?
Se publicarán en el Portal del Empleo Público los listados definitivos de integrantes de la Bolsa Única en
cada categoría profesional tras finalizar el proceso de actualización.
¿Dónde puedo obtener más información del proceso de actualización?
Toda la información, publicaciones, listas provisionales y definitivas estarán disponibles en el Portal del
Empleo Público de la Junta de Andalucía (https://portalempleopublico.juntadeandalucia.es).
¿A dónde puedo dirigirme si tengo algún problema técnico para presentar mi solicitud de actualización?
Puede contactar en horario ininterrumpido de 8:00h a 20:00h de lunes a viernes y de 8:00h a 15:00h los sábados, salvo festivos nacionales y autonómicos, a través de las siguientes vías:
- teléfono 955 40 55 88
- email: ciudadania.ceis@juntadeandalucia.es