Subsanaciones Personal Funcionario
Pueden subsanarse las causas de exclusión provisional mediante presentación de alegación en la web del empleado público de Andalucía o directamente en la dirección https://lajunta.es/promocionalegaciones, como se indica a continuación.
Las personas aspirantes que dentro del plazo señalado no subsanen la causa de exclusión o no aleguen la omisión, serán definitivamente excluidas de la participación en el proceso selectivo.
NO APARECE EN LA LISTA PROVISIONAL DE ADMITIDOS Y EXCLUIDOS
En aquellos casos en los que la persona no figure en el listado provisional de personas admitidas y excluidas, que hubieren abonado la tasa en el plazo de presentación de solicitudes, podrán subsanar presentando solicitud electrónica conforme al formulario establecido como anexo III dentro del plazo establecido para la presentación de alegaciones. El anexo III lo podrá encontrar en el siguiente enlace:
Procesos selectivos para la función pública en la Junta de Andalucía
NO ACREDITA TITULACIÓN PARA CATEGORÍA
La titulación que declara responsablemente que posee no habilita para el acceso al cuerpo al que oposita. Para subsanar esta causa de exclusión, declare que posee una de las titulaciones que habilitan al acceso al cuerpo o aporte copia electrónica auténtica del título académico oficial o, en su defecto, copia del mismo acompañada del documento obtenido a través de la «Consulta de Títulos Universitarios Oficiales» en la sede electrónica del Ministerio de Educación y Formación Profesional en el caso de títulos Universitarios oficiales o bien certificado obtenido en la misma Sede Electrónica en el caso de títulos no universitarios oficiales. Asimismo, se podrá adjuntar copia electrónica auténtica de la certificación supletoria provisional que dispone el artículo 14.2 del Real Decreto 1002/2010, de 5 de agosto, sobre expedición de títulos universitarios oficiales.
NO CONSTA PAGO DEL IMPORTE DE LAS TASAS
Para subsanar esta causa de exclusión es necesario acreditar, con el justificante del ingreso correspondiente, que se formalizó el pago del importe de la tasa en el plazo de presentación de solicitudes.
NO ABONA IMPORTE COMPLETO PARA SU GRUPO
Para subsanar esta causa de exclusión deberá adjuntar el modelo 046 abonando la diferencia, dentro del plazo establecido para la presentación de alegaciones.
CONSENTIMIENTO DE DISCAPACIDAD DESFAVORABLE
Usted no se opuso en su instancia de inscripción a la consulta de los datos correspondientes a la discapacidad por el órgano gestor a través del Sistema de Verificación de Datos de Discapacidad. El resultado de la consulta no acredita el cumplimiento de ese requisito. Para subsanar esta causa de exclusión debe presentar el certificado que acredite la citada condición legal o la resolución por la que se reconoce un grado de discapacidad del 33 % o superior. En su defecto, podrá satisfacer el importe de la tasa en el plazo de alegaciones.
CONSENTIMIENTO DE DISCAPACIDAD EXCLUIDO
Usted se opuso en su solicitud de inscripción a la consulta de los datos correspondientes a la discapacidad por el órgano gestor a través del Sistema de Verificación de Datos de Discapacidad y no aportó documentación que acredite la citada condición legal o la resolución por la que se reconoce un grado de discapacidad del 33 % o superior. Para subsanar esta causa de exclusión debe presentar el certificado que acredite la citada condición legal o la resolución por la que se reconoce un grado de discapacidad del 33 % o superior. En su defecto, podrá satisfacer el importe de la tasa en el plazo de alegaciones.
CONSENT. FAM. NUMEROSA DESFAVORABLE
Usted no se opuso en su instancia de inscripción a la consulta de los datos correspondientes a la familia numerosa por el órgano gestor a través del Sistema de Verificación de Datos de Familia Numerosa y no aportó documentación que acredite la citada condición legal. Para subsanar esta causa de exclusión debe presentar su título de familia numerosa actualizado. En su defecto, podrá satisfacer el importe de la tasa en el plazo de alegaciones.
CONSENT. FAM. NUMEROSA EXCLUIDO
Usted se opuso en su instancia de inscripción a la consulta de los datos correspondientes a la familia numerosa por el órgano gestor a través del Sistema de Verificación de Datos de Familia Numerosa. El resultado de la consulta no acredita el cumplimiento de ese requisito. Para subsanar esta causa de exclusión debe presentar su título de familia numerosa actualizado. En su defecto, podrá satisfacer el importe de la tasa en el plazo de alegaciones.
NO CUMPLE REQUISITO DE NACIONALIDAD
Para subsanar esta causa de exclusión es necesario acreditar mediante documentos oficiales que se encuentra en alguno de los siguientes supuestos, que establece la convocatoria:
- Tener nacionalidad española.
- Ser nacional de los Estados miembros de la Unión Europea.
- Cualquiera que sea su nacionalidad, el cónyuge de los españoles y de los nacionales de otros Estados miembros de la Unión Europea, siempre que no estén separados de derecho. Asimismo, con las mismas condiciones, podrán participar sus descendientes y los de su cónyuge, que vivan a su cargo, menores de veintiún años o mayores de dicha edad dependientes.
- Las personas incluidas en el ámbito de aplicación de los Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España en los que sea de aplicación la libre circulación de trabajadores. (Es necesario identificar el tratado).
- Las personas extranjeras que, no estando incluidos en los párrafos anteriores, se encuentren con residencia legal en España.
- NO ACREDITA EXENCIÓN ABONO TASA
- Si usted marcó en su instancia de inscripción la exención del pago de la tasa por tener la condición de persona víctima de violencia de género o doméstica, sin aportar la documentación que acredite dicha condición, para subsanar esta causa de exclusión debe presentar la documentación acreditativa de dicha condición:
- Para víctimas de violencia de género:
- Documentación judicial: sentencia condenatoria, orden de protección o cualquier otra resolución judicial que acuerde una medida cautelar a favor de la víctima, o bien informe del Ministerio Fiscal que indique la existencia de indicios de que la demandante es víctima de violencia de género.
- Documentación administrativa: informe de los servicios sociales, de los servicios especializados, o de los servicios de acogida de la Administración Pública competente destinados a las víctimas de violencia de género, o cualquier otro título, siempre que ello esté previsto en las disposiciones normativas de carácter sectorial que regulen el acceso a cada uno de los derechos y recursos.
- Para víctimas de violencia doméstica:
- Orden de protección en vigor e inscrita en el Registro Central para la Protección de las Víctimas de la Violencia Doméstica, o sentencia judicial firme por tal motivo en los últimos diez años.
- Para víctimas de violencia de género:
- Si usted marcó en su instancia de inscripción la exención del pago de la tasa por tener la condición de persona víctima de violencia de terrorismo, sin aportar la documentación que acredite dicha condición, para subsanar esta causa de exclusión debe presentar la documentación acreditativa de dicha condición, mediante certificado de víctima de terrorismo y, en su caso, acreditación del grado de parentesco o de la relación o convivencia.
- Si usted marcó en su instancia de inscripción la exención del pago de la tasa por tener la condición de persona beneficiaria de la prestación del ingreso mínimo vital o beneficiarias de la Renta Mínima de Inserción Social en Andalucía, sin aportar la documentación que acredite dicha condición, para subsanar esta causa de exclusión debe presentar la documentación acreditativa de dicha condición, mediante documentación administrativa correspondiente.
- Si usted marcó en su instancia de inscripción la exención del pago de la tasa por tener la condición de persona víctima de violencia de género o doméstica, sin aportar la documentación que acredite dicha condición, para subsanar esta causa de exclusión debe presentar la documentación acreditativa de dicha condición:
En su defecto, podrá satisfacer el importe de la tasa en el plazo de alegaciones.
Subsanaciones Personal Laboral
Solicitud no ajustada a la base 4ª.2
Causa exclusión: SOLICITUD NO AJUSTADA A LA BASE 4ª.2
Si figuras excluido/a por esta causa, es debido a que la solicitud no la has presentado de forma electrónica como exigía la convocatoria. Puedes subsanar la exclusión, durante el plazo concedido para subsanción, de la siguiente forma:
Cumplimentar la solicitud en el siguiente enlace:
- Elaborar y presentar la solicitud de subsanación de manera electrónica, recogiendo los motivos por los que consideras que cumples con el requisito y todo lo que convenga a tu derecho, y adjuntarle la solicitud que has cumplimentado en la forma a que se refiere el apartado 1º, en Pdf , en el siguiente enlace:
No paga importe completo para su grupo
Causa exclusión: NO PAGA IMPORTE PARA SU GRUPO
Si abonaste la tasa durante el plazo de presentación de solicitudes, pero por error no has abonado el importe completo de la misma para el Grupo I o II al que te has presentado (descontado el 10% del importe y como mínimo 3 euros al haberlo abonarlo electrónicamente) puedes subsanar la exclusión, durante el plazo concedido para subsanción, de la siguiente forma:
Abonar durante el plazo de subsanación concedido y mediante telepago la cuantía restante hasta completar el importe de la tasa en el siguiente enlace:
Para lo que deberá tener en cuenta lo siguiente:
Indicar en DATOS GENERALES LA SIGUIENTE INFORMACIÓN:
- Marcar LIQUIDACIÓN ANEXA
- En la descripción Indicar grupo I o II y código y denominación de la categoría
- Fecha de devengo, fecha en la que se realiza el pago.
- Importe: la cuantía restante hasta completar el importe de la tasa
- NO MARCAR LA CASILLA "SOLICITA LA BONIFICACIÓN SOBRE LA TASA..."
- CÓDIGO TERRITORIAL: IA0000
- Concepto de pago: 0005
Indicar en LIQUIDACIÓN ANEXA:
- En Fecha de liquidación introducir fecha del abono del 046 que se realizó durante el plazo de solicitud.
- En Liquidación nº: el código del Mod. 046 abonado durante el plazo de solicitud.

Pulsar el botón validar.

Y en RESULTADO DE LA LIQUIDACIÓN pulsar botón Pago Telemático.

- Debes elaborar y presentar la solicitud de subsanación de manera electrónica, durante el plazo de subsanación concedido, recogiendo los motivos por los que consideras que cumples con el requisito y todo lo que convenga a tu derecho, y adjuntarle la Copia del modelo 046 abonado para completar el importe de la tasa durante el plazo de subsanación. en Pdf en el siguiente enlace:
046 Incorrecto/Repetido
Causa exclusión: 046 INCORRECTO/ REPETIDO
El código del modelo 046 de la tasa abonada que indicaste en la solicitud de participación no es correcto o bien has indicado el mismo código del modelo 046 de la tasa abonada para más de un proceso selectivo a distinta Categoría. Puedes subsanar la exclusión, durante el plazo concedido para subsanción, para lo que debes elaborar y presentar la solicitud de subsanación de manera electrónica, recogiendo los motivos por los que consideras que cumples con el requisito y todo lo que convenga a tu derecho, y adjuntarle Copia del modelo 046 abonado durante el plazo de presentación de solicitudes, en el que figure la Categoría de la que hayas sido excluido/a, en Pdf en el siguiente enlace:
No acredita pago de tasa
Causa exclusión: NO ACREDITA PAGO DE TASAS EN PLAZO
Causa exclusión: FECHA DE PAGO NO INDICADA
Si abonaste la tasa durante el plazo de presentación de solicitudes, puedes subsanar la exclusión, durante el plazo concedido para subsanción, para lo que debes elaborar y presentar la solicitud de subsanación de manera electrónica, recogiendo los motivos por los que consideras que cumples con el requisito y todo lo que convenga a tu derecho, y adjuntarle la Copia del modelo 046 abonado durante el plazo de presentación de solicitudes en Pdf en el siguiente enlace:
No acredita ser miembro de familia numerosa
Causa exclusión: CONSENT. FAM. NUMEROSA DESFAVORABLE
Causa exclusión: CONSENT. FAM. NUMEROSA EXCLUIDO
Si eres miembro de familia numerosa y el carnet de familia numerosa estaba en vigor a fecha de presentación de solicitudes, puedes subsanar la exclusión, durante el plazo concedido para subsanción, para lo que debes elaborar y presentar la solicitud de subsanación de manera electrónica, recogiendo los motivos por los que consideras que cumples con el requisito y todo lo que convenga a tu derecho, y adjuntarle la Copia del carnet de familia numerosa, en vigor, en Pdf en el siguiente enlace_
No acredita la condición de discapacidad
Causa exclusión: CONSENT. DISCAPACIDAD DESFAVORABLE
Causa exclusión: CONSENT. DISCAPACIDAD EXCLUIDO
Si eres persona con una discapacidad en grado igual o superior al 33% y estaba en vigor el reconocimiento de dicha discapacidad a fecha de presentación de solicitudes, puedes subsanar la exclusión, durante el plazo concedido para subsanación, para lo que debes elaborar y presentar la solicitud de subsanación de manera electrónica, recogiendo los motivos por los que consideras que cumples con el requisito y todo lo que convenga a tu derecho, y adjuntarle la Copia del certificado oficial acreditativo de la condición y grado de discapacidad en vigor emitido por órgano competente de la Junta de Andalucía o de otras Administraciones Públicas, ya sea esta documentación certificado de discapacidad o Resolución del Instituto Nacional de la Seguridad Social y, en caso de solicitar adaptación en los ejercicios, Copia del dictamen técnico facultativo en Pdf en el siguiente enlace:
No cumple requisito de edad
Causa exclusión: NO CONSIGNA FECHA NACIMIENTO O FOR INC.
Si eres mayor de 16 años y menor de la edad máxima de jubilación, a fecha fin de plazo de presentación de solicitudes, y has salido excluido/a es por no haber indicado la fecha de nacimiento o porque hay un error en la que has indicado en la solicitud. Para subsanar la exclusión, durante el plazo concedido para subsanción, debes elaborar y presentar la solicitud de subsanación de manera electrónica, recogiendo los motivos por los que consideras que cumples con el requisito y todo lo que convenga a tu derecho, y adjuntarle la Copia del DNI/NIF/NIE en Pdf en el siguiente enlace:
No cumple requisito de titulación
Causa exclusión: NO ACREDITA TITULACIÓN PARA CATEGORIA
Siempre que poseas una titulación de entre las exigidas en las bases de la convocatoria para la Categoría que has indicado en la solicitud presentada, puedes subsanar la exclusión, durante el plazo concedido para subsanación, para lo que debes elaborar y presentar la solicitud de subsanación de manera electrónica, recogiendo los motivos por los que consideras que cumples con el requisito y todo lo que convenga a tu derecho, y adjuntarle la Copia de la titulación que posees, en Pdf en el siguiente enlace:
Puedes consultar las titulaciones requeridas para cada categoría convocada en los siguientes enlaces:
No cumple requisito de nacionalidad
- Si tienes nacionalidad española o de alguno de los estados miembros de la Unión Europea, nacionales del Reino de Noruega y los nacionales de la República de Islandia, puedes subsanar la exclusión, durante el plazo concedido para subsanción, para lo que debes elaborar y presentar la solicitud de subsanación de manera electrónica, recogiendo los motivos por los que consideras que cumples con el requisito y todo lo que convenga a tu derecho, y adjuntarle Copia de tu DNI/NIF/NIE, en Pdf en el siguiente enlace:
- Si no tienes la nacionalidad a que se refiere el apartado a) pero eres cónyuge de una persona que si la tiene, cualquiera que sea tu nacionalidad y siempre que no estés separado/a de derecho, la documentación que deberás adjuntar a la solicitud referida en el apartado a) es la siguiente:
- Tu DNI/NIF/NIE
- Documentación acreditativa de tu condición de cónyuge (Copia actualizada de Inscripción en Registro Civil del matrimonio o cualquier otra que lo acredite)
- Copia del DNI/NIF/NIE del cónyuge nacional de unos de los países anteriores.
- Si no tienes la nacionalidad a que se refiere el apartado a) pero eres descendiente de una persona que si la tiene, siempre que vivas a su cargo y seas menor de veintiún años o mayor de dicha edad con la condición de dependiente, la documentación que deberás adjuntar a la solicitud referida en el apartado a) es la siguiente:
- Tu DNI/NIF/NIE
- Documentación acreditativa de tu condición de descendiente y de vivir a cargo de tu ascendiente.
- Copia del DNI/NIF/NIE de tu ascendiente nacional de unos de los países citados en el apartado a).
- Si no tienes la nacionalidad a que se refiere el apartado a) pero eres descendiente de cónyuge en el supuesto a que se refiere el apartado b), siempre que vivas a su cargo y seas menor de veintiún años o mayor de dicha edad con la condición de dependiente, la documentación que deberás adjuntar a la solicitud referida en el apartado a) es la siguiente:
- Tu DNI/NIF/NIE
- Documentación acreditativa de tu condición de descendiente y de vivir a cargo de tu ascendiente.
- Copia del DNI/NIF/NIE de tu ascendiente.
- Documentación acreditativa de la condición de cónyuge de tu ascendiente (Copia actualizada de Inscripción en Registro Civil del matrimonio o cualquier otra que lo acredite).
- Copia del DNI/NIF/NIE del cónyuge nacional de unos de los países citados en el apartado a) de tu ascendiente.